A121 HB Comité #01 Informe #01

El Comité de la Cámara de Obispos sobre 01 - Reglas de Orden/CdO presenta su Informe No. #01 sobre la Resolución A121 (Modificar la Regla Parlamentaria II.B de la Cámara de Obispos sobre el período de ejercicio del Secretario). El comité recomienda:

Adoptada - CdO sólo

Se resuelve, Que la 80a Convención General modifique su Regla Parlamentaria II.B de la siguiente manera:

B. La Cámara procederá a elegir a un Secretario si el puesto está vacante; y, la persona elegida deberá cumplir esta función hasta concluir esa reunión de la Convención. Al finalizar cada junta de la Convención, la Cámara procederá a elegir a un Secretario que continuará en su oficio hasta la conclusión de la siguiente reunión ordinaria trienal de la Convención después de dicha elección. Con la aprobación del obispo que preside, el Secretario podrá en ese momento o después, nombrar Secretarios Auxiliares.