C047 (Establecimiento de la Remuneración de los Diáconos)

Cámara de Diputados Mensaje #21

La Cámara de Diputados inform a la Cámara de Obispos que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución C047 (Establecimiento de la Remuneración de los Diáconos). La Cámara actuó para:

Adoptada con enmienda


Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

La resolución, si se adopta en su versión modificada, dirá:

Que la 80ª Convención General exija a cada comunidad de fe con un diácono en servicio activo o si un diácono está sirviendo a más de una comunidad, las comunidades juntas le paguen a dicho diácono un mínimo de US$25 al mes como remuneración, y también hagan la contribución requerida al Church Pension Fund en beneficio del diácono. 

La resolución se ha modificado como sigue:

Que la 80ª Convención General requiera que cada parroquia comunidad de fe con un diácono en servicio activo, o parroquias si un diácono está sirviendo a más de una comunidad, las comunidades juntas le paguen a dicho diácono un mínimo de US$25 al mes como remuneración, y que cada una de dichas parroquias también hagan la contribución requerida al Church Pension Fund en beneficio del diácono.