A034 (Aclarar el Mandato de la Comisión Permanente)

Cámara de Obispos Mensaje #07

La Cámara de Obispos inform a la Cámara de Diputados que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución A034 (Aclarar el Mandato de la Comisión Permanente). La Cámara actuó para:

Remitir a un Organismo Provisional


Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,

Que la 80a Convención General modifique el Canon I.1.2.n.1.vi de la siguiente manera:

<Texto modificado como aparecería si se adoptara y conviniera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

Can.I.1

Sec. 2

n. Deberán existir las siguientes Comisiones Permanentes:

1. Una Comisión Permanente sobre Estructura, Gobierno, Constitución y Cánones. La Comisión tendrá la obligación de:

vi. Estudiar y hacer recomendaciones acerca de la estructura de la Convención General y de La Iglesia Episcopal. De vez en cuando, deberá revisar la operación de los diversos Comités, Comisiones, Juntas, Agencias y otros organismos rectores para determinar la necesidad de su continuidad y la eficacia de sus funciones, y en los casos apropiados, procurar una coordinación de sus iniciativas. Cuando se haga una propuesta para la creación de un nuevo Comité, Comisión, Junta, Agencia u otro organismo rector, deberá, siempre que sea factible, remitirse a esta Comisión Permanente para su consideración y consejo.

  

******

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:> 

Can.I.1

Sec. 2

n. Deberán existir las siguientes Comisiones Permanentes:

1. Una Comisión Permanente sobre Estructura, Gobierno, Constitución y Cánones. La Comisión tendrá la obligación de:

vi. Estudiar y hacer recomendaciones acerca de la estructura de la Convención General y de La Iglesia Episcopal. De vez en cuando, deberá revisar la operación de los diversos Comités, Comisiones, y Juntas, Agencias y otros organismos rectores para determinar la necesidad de su continuidad y la eficacia de sus funciones, y en los casos apropiados procurar una coordinación de sus iniciativas. Cuando se haga una propuesta para la creación de un nuevo Comité, Comisión, Junta, or Agencia u otro organismo rector, deberá, siempre que sea factible, remitirse a esta Comisión Permanente para su consideración y consejo.