X001 (Reglamento Parlamentario Especial de la Cámara de Obispos)

Cámara de Obispos Mensaje #01

La Cámara de Obispos inform a la Cámara de Diputados que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución X001 (Reglamento Parlamentario Especial de la Cámara de Obispos). La Cámara actuó para:

Adoptada con enmienda - CdO sólo


Se resuelve, Que la Cámara de Obispos adopte el siguiente reglamento parlamentario para que rija todas las deliberaciones de los comités y de la legislación de la 80ª Convención General. En la medida en que estas reglas entren en conflicto con el Reglamento Parlamentario de la Cámara, estas reglas prevalecen:

I. Reuniones, audiencias y deliberaciones del Comité

a. Todas las audiencias y trabajos del Comité previos a la Convención deben concluirse antes del 25 de junio de 2022.

b. Las reuniones de los comités durante la Convención se limitarán a considerar las modificaciones adoptadas por la Cámara de Diputados a las resoluciones previamente adoptadas por la Cámara de Obispos.

c. El Comité de Labor Parlamentaria informará de las resoluciones en el orden que considere más eficaz para esta convención abreviada.

II. Resoluciones

No obstante cualquier otra norma de la Cámara, excepto las resoluciones propuestas por el Comité de Labor Parlamentaria, el Comité de Cortesía o el Obispo Presidente, todas las resoluciones presentadas para su consideración al Secretario después del 6 de junio de 2022 se considerarán fuera de lugar.

III. Calendario de Consentimientos

a. El Calendario de Consentimientos será considerado dos veces al día, incluyendo el primer día legislativo, como el primer orden legislativo de la Sesión.

b. Los asuntos pueden incluirse en el Calendario de Consentimientos por mayoría de votos de un Comité Legislativo.

c. Las resoluciones podrían eliminarse del calendario de consentimientos por medio de un voto de la Cámara o del Comité de Labor Parlamentaria.

d. Las mociones para eliminar un punto del Calendario de Consentimientos no son debatibles y requieren una mayoría de votos de la Cámara para ser aprobadas.

e. Todas las resoluciones de cortesía se incluirán automáticamente en el Calendario de Consentimientos, a menos que el Comité de Cortesía o el Comité de Labor Parlamentaria voten para eliminarlas.

IV. Categoría de Acción Adicional

a. Aplazamiento a la 81a Convención General

1. La Cámara podría votar para aplazar la consideración de una resolución hasta la 81ª Convención General. La moción de aplazamiento es:

a. una moción secundaria;

b. no debatible;

c. no modificable; y

d. requiere un voto mayoritario.

  2. Un Comité Legislativo, o el Comité de Labor Parlamentaria, puede votar para aplazar la consideración de una resolución hasta la 81ª Convención General durante una reunión del comité.

b. Cualquier recomendación del Comité de aplazar hasta la 81ª Convención General se considerará aceptada por la Cámara sin llegar al seno, a menos que la Cámara vote para suspender el reglamento y recuperar la resolución del Comité.

Cualquier resolución sobre la que la Cámara no vote se considerará sometida a la consideración de la 81ª Convención General en su forma original. Cualquier propuesta de modificación o acción recomendada por el comité legislativo se incluirá como informe complementario.