A124 (Modificar las Reglas Parlamentarias Conjuntas VII.17 y 20 sobre los Nominados al Tribunal de Revisión)

Cámara de Diputados Mensaje #124

La Cámara de Diputados inform a la Cámara de Obispos que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución A124 (Modificar las Reglas Parlamentarias Conjuntas VII.17 y 20 sobre los Nominados al Tribunal de Revisión). La Cámara actuó para:

Adoptada con enmienda


Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que la 80a Convención General modifique las Reglas Parlamentarias Conjuntas 17 y 20 de la siguiente manera:

<Texto modificado como aparecería si se adoptara y conviniera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

VII: Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones

17. Habrá un Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones que presentará candidatos para la elección de:

a. Fideicomisarios del Church Pension Fund, sirviendo como el Comité Conjunto que se menciona en el Canon I.8.2.

b. Miembros del Consejo Ejecutivo en virtud del Canon I.4.1.d.

c. El Secretario de la Cámara de Diputados y el Tesorero de la Convención General en virtud de los Cánones I.1.1.j y I.1.7.a.

d. Fideicomisarios del Seminario Teológico General.

e. Junta General de Capellanes Examinadores.

f. Junta Disciplinaria para Obispos.

g. Tribunal de Revisión.

h. El Comité Nominador Conjunto para la Elección del Obispo Presidente

******

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>

VII: Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones

17. Habrá un Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones que presentará candidatos para la elección de:

a. Fideicomisarios del Church Pension Fund, sirviendo como el Comité Conjunto que se menciona en el Canon I.8.2.

b. Miembros del Consejo Ejecutivo en virtud del Canon I.4.1.d.

c. El Secretario de la Cámara de Diputados y el Tesorero de la Convención General en virtud de los Cánones I.1.1.j y I.1.7.a.

d. Fideicomisarios del Seminario Teológico General.

e. Junta General de Capellanes Examinadores.

f. Junta Disciplinaria para Obispos.

g. Tribunal de Revisión.

h. El Comité Nominador Conjunto para la Elección del Obispo Presidente

20. Salvo el Secretario de la Convención General, y el Tesorero de la Convención General y el Tribunal de Revisión, se instruye a dicho Comité nombrar un número, igual a por lo menos el doble del número de vacantes, que será ampliamente representativo del distrito electoral de esta Iglesia; a preparar bocetos biográficos de todos los candidatos; y a incluir tales nominaciones y bocetos en el Libro Azul, o de otro modo a hacerlos circular entre los Obispos y Diputados con suficiente antelación a la siguiente reunión de la Convención General; este procedimiento, sin embargo, no excluye otras nominaciones del piso en la Cámara apropiada de la Convención General.