A133 (Enmendar el artículo III.12 del Reglamento Conjunto para modificar el método de mostrar las adiciones o enmiendas a fin de facilitar la traducción)

Cámara de Diputados Mensaje #125

La Cámara de Diputados inform a la Cámara de Obispos que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución A133 (Enmendar el artículo III.12 del Reglamento Conjunto para modificar el método de mostrar las adiciones o enmiendas a fin de facilitar la traducción). La Cámara actuó para:

Adoptada con enmienda


Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que la 80a Convención General enmiende la Regla Parlamentaria de la Orden III.12 de la siguiente manera:

<Texto modificado como aparecería si se adoptara y conviniera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

III: Propuestas para Consideración Legislativa

12. Cada propuesta para consideración legislativa que incluya el lenguaje de una adición o modificación propuesta a una disposición Constitucional, Canónica o Regla Parlamentaria se mostrará de la siguiente manera:

(1) comenzar el texto de la resolución con el siguiente texto en negrita, con un retorno extra antes y después de este texto: 

<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).> 

(2) Colocar el texto de la resolución final, incluyendo todos los cambios propuestos, tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Esto significa que no debe haber texto tachado ni en cursiva en esta versión del texto.

(3) A continuación, añadir el siguiente texto en negrita, con un retorno adicional antes y después de este texto: 

****** 

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:> 

(4) Insertar el texto de la resolución mostrando los cambios exactos que se realizan, marcando el texto que se elimina con un tachado y cualquier texto nuevo que se añada utilizando cursiva. Siempre que sea posible, los proponentes deberán tachar palabras y frases enteras, sin dejar de mostrar exactamente lo que se modifica. No tache una parte de una palabra. El texto en negrita no puede utilizarse en el texto de la propuesta legislativa. 

(5) Cada propuesta que requiera la adopción de medidas nombrará al individuo u organismo para la comunicación y cumplimiento, pero si la resolución adoptada no incluye ninguno de esos nombramientos, se remitirá a la Oficina del Secretario de la Convención General para la comunicación y cumplimiento.

 

******

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>

III: Propuestas para Consideración Legislativa

12. Cada propuesta para consideración Legislativa que incluya el lenguaje de una adición propuesta o de la enmienda de una disposición Constitucional o Canónica existente se bosquejará, en la medida que pueda ser razonablemente posible, (1) indicando en tipo de letra romana la porción, de haberla, de la disposición Constitucional o Canónica existente que se propone conservar, (2) indicando en cursiva o tipo subrayado el nuevo texto que se propone insertar o agregar, y (3) indicando en tipo de letra romana tachada, manualmente o por otros medios, el texto de la disposición Constitucional o Canónica existente que se propone eliminar.Cada propuesta para consideración legislativa que incluya el lenguaje de una adición o modificación propuesta a una disposición Constitucional, Canónica o Regla Parlamentaria se mostrará de la siguiente manera: 

(1) comenzar el texto de la resolución con el siguiente texto en negrita, con un retorno extra antes y después de este texto: 

<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).> 

(2) Colocar el texto de la resolución final, incluyendo todos los cambios propuestos, tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Esto significa que no debe haber texto tachado ni en cursiva en esta versión del texto. 

  (3) A continuación, añadir el siguiente texto en negrita, con un retorno adicional antes y después de este texto: 

****** 

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:> 

(4) Insertar el texto de la resolución mostrando los cambios exactos que se realizan, marcando el texto que se elimina con un tachado y cualquier texto nuevo que se añada utilizando cursiva. Siempre que sea posible, los proponentes deberán tachar palabras y frases enteras, sin dejar de mostrar exactamente lo que se modifica. No tache una parte de una palabra. El texto en negrita no puede utilizarse en el texto de la propuesta legislativa. 

(5) (1) indicar en letra romana la parte, si la hay, de cualquier disposición existente que deba mantenerse; (2) cuando se realicen uno o más cambios dentro de una frase, tachar toda la frase original y seguirla con la nueva frase en cursiva, o (3) cuando se realicen cambios en más de una frase de un párrafo, tachar todo el párrafo original y seguirlo con el nuevo párrafo en cursiva. El Comité Legislativo puede hacer más aclaraciones sobre las adiciones o enmiendas propuestas en el seno de la Cámara en su informe a la misma. Cada propuesta que requiera la adopción de medidas nombrará al individuo u organismo para la comunicación y cumplimiento, pero si la resolución adoptada no incluye ninguno de esos nombramientos, se remitirá a la Oficina del Secretario de la Convención General para la comunicación y cumplimiento.