A122 (Modificar la Regla Parlamentaria II.G de la Cámara de Obispos sobre la duración del mandato del Vicepresidente)

Cámara de Obispos Mensaje #75

La Cámara de Obispos inform a la Cámara de Diputados que el 8 de Jul de 2022 consideró la resolución A122 (Modificar la Regla Parlamentaria II.G de la Cámara de Obispos sobre la duración del mandato del Vicepresidente). La Cámara actuó para:

Adoptada - CdO sólo


Se resuelve, Que la 80a Convención General modifique su Regla Parlamentaria II.G de la siguiente manera:

G. La Cámara procederá a elegir a un Vicepresidente, si el puesto llegara a estar vacante; una vez que se haya escuchado el informe del comité de candidatura de la Cámara y tras haber recibido cualesquiera otras nominaciones de la comisión; la persona elegida deberá cumplir su función hasta que finalice la reunión ordinaria trienal. Al término de cada reunión de la Convención, la Cámara, empleando el mismo procedimiento, procederá a elegir a un Vicepresidente que cumplirá su función hasta que finalice la siguiente reunión ordinaria trienalde la Convención posterior a dicha elección. El Vicepresidente, en ausencia del Obispo Presidente, o por petición del Obispo Presidente, presidirá en la Cámara. En ausencia del Vicepresidente, el Obispo Presidente puede pedirle a otro miembro de la Cámara que presida.