D045 Sobre el Apoyo a los Refugiados y Solicitantes de Asilo LGBTIQ+
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,
Que la 80ª Convención General de la Iglesia Episcopal exprese su pleno apoyo al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (United Nations High Commissioner for Refugees, UNHCR) y a la Organización Internacional para la Migración (International Organization for Migration, IOM) en su misión de proteger a las personas LGBTIQ+ que se ven obligadas a solicitar estado de refugiadas o asiladas porque temen ser perseguidas por su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General inste a todas las naciones, especialmente a Estados Unidos, a aceptar activamente a los refugiados y asilados vulnerables por su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, y a no enviarlos de vuelta a sus países de origen, donde se enfrentan a persecución, violencia, prisión y posible muerte; y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General solicite a los Ministerios Episcopales de Migración que destaquen los problemas que rodean a los refugiados y asilados LGBTQI+ y ofrezcan información sobre formas de apoyo, incluyéndolas, por ejemplo, en sus Conjuntos de Herramientas para las Congregaciones.
Explicación
“En muchas partes del mundo, las personas son objeto de graves abusos contra sus derechos humanos debido a su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales reales o percibidas, en particular cuando estas no se ajustan a las normas sociales y culturales dominantes. Al momento de redactar este documento, casi 70 estados miembros de las Naciones Unidas penalizan los actos sexuales con consentimiento de jure o de facto entre personas del mismo sexo. Seis estados imponen la pena de muerte, y las fuentes indican que la pena de muerte puede prescribirse en otros cinco estados, aunque con menos seguridad jurídica.¹
La grave persecución y la discriminación por parte de agentes estatales y no estatales obligan a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, intersexuales y queer (LGBTIQ+), incluidos niños y personas mayores con y sin discapacidades, a abandonar sus lugares de residencia habitual en busca de un entorno seguro en el que puedan ejercer plenamente sus derechos. Pueden verse obligados o no a cruzar una frontera nacional reconocida internacionalmente para acceder a un entorno más seguro. También pueden ser apátridas, es decir, no se les considera nacionales de ningún estado en virtud de su legislación.
Las personas LGBTIQ+ suelen sufrir daños continuos durante el inicio de una situación de emergencia,² mientras están en tránsito y al llegar a los lugares de asilo. Estos daños incluyen, entre otros, los siguientes: estigmatización, violencia sexual y de género, abusos o falta de protección por parte de las fuerzas de seguridad, detención arbitraria, devolución y exclusión del acceso a servicios básicos esenciales. Las personas LGBTIQ+ que cruzan una frontera nacional pueden llegar a países en los que se enfrentan a riesgos similares o mayores de violencia homofóbica, bifóbica y transfóbica, tanto por parte de los nacionales del país de acogida como de otras personas desplazadas. Estos riesgos se ven exacerbados por otros factores, como la hostilidad xenofóbica, la misoginia, la situación migratoria irregular, la marginación socioeconómica, el aislamiento de las redes de apoyo tradicionales y la coacción emocional inducida por el trauma”.**
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y la Organización Internacional para la Migración están comprometidos con la protección de los derechos de las personas con diversidad de orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales. A pesar de gran actividad, la discriminación de estos migrantes vulnerables sigue siendo endémica. Incluso en los países de asilo, pueden enfrentarse a la estigmatización y los abusos.
MATERIALES DE REFERENCIA
** 2021 Global Roundtable LGBTIQ+ Persons in Forced Displacement and Statelessness: Protection and Solutions – Discussion Paper. https://www.unhcr.org/611e33704)
¹ International Lesbian, Gay, Bisexual, Trans and Intersex Association (ILGA), State Sponsored Homophobia: Global Legislation Overview Update. Edición actualizada de diciembre de 2020. Ginebra: ILGA.
² Una situación de emergencia es una situación de desplazamiento forzado a gran escala que requiere una respuesta inmediata. Véase UNHCR Emergency Handbook, 4ª edición (2015), https://emergency.unhcr.org/about
³ Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR), Joint UN Statement on Ending Violence and Discrimination Against Lesbian, Gay, Bisexual, Transgender and Intersex People, septiembre de 2015.
2021 Mesa redonda mundial sobre protección y soluciones para las personas LGBTIQ+ en situación de desplazamiento forzoso: https://www.unhcr.org/publications/brochures/611e48144/2021-global-roundtable-protection-solutions-lgbtiq-people-forced-displacement.html
UNHCR, Guidelines on International Protection No. 9: Claims to Refugee Status based on Sexual Orientation and/or Gender Identity https://www.unhcr.org/publications/legal/509136ca9/unhcr-guidelines-international-protection-9-claims-refugee-status-based.html
Queer asylum politics of separation in Germany: https://www.tandfonline.com/doi/full/10.1080/0966369X.2021.1931048
LGBTQ Resettlement through a Veil of Secrecy: https://www.frontiersin.org/articles/10.3389/fhumd.2021.594214/full
State-Sponsored Homophobia Report: https://ilga.org/state-sponsored-homophobia-report